Sábado, 21 de diciembre del 2024

Aprueba INE voto anticipado, pero solo en elección de ministros de la SCJN

México.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la implementación del voto anticipado sólo para la elección de las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En sesión extraordinaria avaló los Lineamientos y el modelo de operación para la organización del voto anticipado para personas con discapacidad imposibilitadas para asistir a votar, y personas cuidadoras primarias, en el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y, en su caso, las Elecciones Extraordinarias que de éste deriven.

El Consejero y presidente de la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación, Jorge Montaño Ventura, aclaró que ante lo inédito de este proceso, el voto anticipado sólo aplicará para la elección de las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que son los únicos cuyo ámbito de elección es en todo el territorio nacional.

Precisó que las boletas también serán diferentes, por lo que las persones que opten por esta modalidad de votación, también dispondrán de más tiempo para que las analicen, identifiquen la candidatura de su preferencia y marquen o escriban su elección en el espacio correspondiente.

El voto anticipado, dijo, tiene como fin garantizar el ejercicio de los derechos políticos en cumplimiento con diversas convenciones internacionales que promueven la igualdad y la no discriminación.

En los Lineamientos se establece que, en la Jornada Electoral del 1 de junio del 2025, podrán participar en el ejercicio del voto anticipado las y los ciudadanos residentes en territorio nacional que por incapacidad física no puedan acudir a inscribirse en las oficinas de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores y que, a más tardar el 10 de febrero, obtengan su Credencial para Votar o bien las personas cuidadoras primarias con registro vigente en la Lista Nominal de Electores.

Credenciales para Votar 2024 continuarán vigentes

En seguida, el pleno avaló que las credenciales para votar cuyo último día de vigencia es el 31 de diciembre de 2024, continúen vigentes hasta el día de la Jornada Electoral de las elecciones que tengan verificativo el 1 de junio de 2025.

Debido que la Credencial para Votar con Fotografía es un documento indispensable para que las y los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto, el acuerdo atiende el principio propersona en beneficio de las y los ciudadanos que puedan participar en el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y de los procesos electorales de los poderes judiciales locales 2024-2025.

Se establecen plazos y términos para uso del Padrón Electoral

En otro punto de la sesión extraordinaria, se aprobaron los Lineamientos que establecen los plazos y términos para el uso del Padrón Electoral y las listas nominales de electores para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y de los procesos electorales de los poderes judiciales locales 2024-2025, así como de las elecciones extraordinarias que de éstos deriven

Algunos de los plazos aprobados, son los siguientes: Las campañas de actualización del Padrón Electoral comprenden del 20 de noviembre de 2024 al 10 de febrero de 2025; el periodo para solicitar la reposición de Credencial para Votar concluirá el 28 de febrero de 2025; el periodo para solicitar la reimpresión de la Credencial para Votar se realizará del 1 de marzo al 20 de mayo de 2025; el periodo de inscripción de las y los jóvenes mexicanos que cumplan 18 años de edad antes o, bien, inclusive el día de la Jornada Electoral del 1 de junio de 2025, comprende del 20 de noviembre de 2024 al 10 de febrero de 2025.

En seguida, consejeras y consejeros aprobaron el acuerdo que señala las fechas máximas que permitan contar con viabilidad material y operativa para la realización de las actividades a cargo del Instituto Nacional Electoral respecto de las elecciones extraordinarias de los poderes judiciales locales concurrentes con la elección extraordinaria del Poder Judicial Federal en el año 2025.

La definición de plazos no sólo armoniza y sienta bases de coordinación entre las autoridades locales y nacionales, sino que, además prioriza la observancia de los principios de seguridad jurídica y certeza ante los poderes públicos.

Finalmente, dieron por recibidos el Primer Informe de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral sobre el cumplimiento del Plan Integral y Calendario del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y el Informe sobre las vacantes generadas en los Consejos Locales y su ocupación, en cumplimiento del Punto Resolutivo Segundo del Acuerdo INE/CG2240/2024, para el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

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