Sábado, 23 de noviembre del 2024

#Opinión Las citas del SAT y su agenda inalcanzable

Por Luis Eduardo Rodríguez Sámano. Lic. en Derecho y Maestro en Derecho Fiscal y Administrativo.

Como bien sabemos, se aproximan las fechas límites para la presentación de declaraciones anuales (personas morales hasta el 31 de marzo y personas físicas hasta el 30 de abril), y con ello los problemas o imprevistos no contemplados.

Suele suceder que durante los últimos preparativos de la declaración o algún trámite administrativo, nos percatamos que la e.firma ya no está vigente, o bien, olvidamos su contraseña. Importante recordar que la firma electrónica avanzada (FIEL o e.firma), es una herramienta electrónica que “garantiza” la integridad de los documentos electrónicos, y como consecuencia produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos físicos con firma autógrafa, lo que implica que sea una herramienta necesaria para la actividad económica y para ciertos trámites administrativos, por lo que hoy en día es sumamente importante mantenerla vigente y bajo resguardo.

Ya sea la intención de obtener por primera vez o renovar la e.firma, resulta indispensable buscar disponibilidad y agendar un día y hora conforme al calendario que el SAT pone a disposición de los contribuyentes en su sitio web https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx, sin embargo, bajo la contingencia sanitaria que el COVID nos ha traído, la búsqueda de espacios disponibles ha sido abrumadora y en ocasiones se convierte hasta en un ejercicio “cardiaco”, pues es común que los espacios disponibles se agoten en no más de 5 minutos.

En opinión y conforme a la experiencia, a partir de la contingencia sanitaria y las medidas sugeridas por la Secretaría de Salud, la complejidad para obtener citas en el SAT obedece a que esta Institución pretender evitar aglomeraciones, es decir, cuando en épocas anteriores existía la posibilidad de citar a diversos causantes y recibir a otros (sin cita) en las salas de cómputo de las Administración Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, hoy en día dichas áreas han permanecido cerradas al público en general, además de que los servicios que ahí se ofrecían fueron agregados a la lista de trámites en módulo previa cita.

A saber, los trámites por los que se puede agendar una cita, son:

1. Cambio de Domicilio; 2. Actualizaciones y Servicios al RFC; 3. Cancelación de Personas Morales (Liquidación y Cese de Operaciones); 4. e.firma de Personas Físicas; 5. e.firma de Personas Morales; 6. e.firma Renovación y Revocación de Personas Físicas; 7. e.firma Renovación y Revocación de Personas Morales; 8. Inscripción de Personas Físicas (casos especiales); 9. Inscripción de Personas Morales; 10. Régimen de Incorporación Fiscal; 11. Regularización de Obligaciones; 12. Atención de Requerimientos; 13. Declaración Anual; 14. Ingresos a través de Plataforma Tecnológica y; 15. Retención definitiva Plataforma Tecnológica.

Ante tales situaciones, para algunos causantes la necesidad se ha convertido en una urgencia, pues sin la e.firma y sus certificados vigentes, se verían imposibilitados para cambiar ante el RFC el domicilio fiscal, para emitir facturas y como consecuencia cobrar a sus deudores, aumentar o disminuir actividades y obligaciones fiscales, presentar declaraciones, solicitar devoluciones de saldos a favor de IVA e ISR, presentar medios de defensa como el recurso de revocación, solicitar la certificación en materia de IVA e IEPS para empresas exportadoras, así como obtener la cédula profesional ante la SEP, entre otros tantos.

Deriva de ello, la obtención de citas se ha visto para muchos como un negocio bastante oneroso y en ocasiones hasta en un fraude. ¡CUIDADO!

Recordemos que el trámite para agendar citar es totalmente gratuito, pues incluso es un procedimiento sumamente sencillo, los pasos y recomendaciones son los siguientes:

1. Acceder a https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx
2. Elegir la oficina más cerca a nuestro domicilio o ubicación.
3. Seleccionar el servicio deseado y disponible en módulo.
4. En la parte final del sitio web, escribir en el recuadro correspondiente el código de la imagen captcha, para avanzar a la siguiente página web.
5. Escribir los datos personales, recomiendo comenzar por el RFC y el correo electrónico. Con estos dos datos el sistema te mostrará la disponibilidad (en azul), poca disponibilidad (color rosa) o sin disponibilidad (en rojo) conforme a un calendario. En caso de que algunos días estén en blanco, significa que son inhábiles (15 de febrero de 2021) o bien, simplemente no se han abierto. No olvides capturar el nombre completo y número telefónico.
6. Una vez seleccionado el día deseado, se deberá elegir un horario para entonces escribir un número captcha y posteriormente seleccionar la opción “solicitar cita”, con lo cual se abrirá un acuse de la cita obtenida, mismo que también se enviará al correo electrónica registrado.

Ahora bien, en el supuesto de que no puedas obtener el registro de alguna cita, lo recomendable es acudir con tu contador o abogado fiscalista, a efecto de obtener la mejor alternativa posible, como lo es la aplicación SAT ID, útil para la renovación de e.firma; el “comprar citas” o pagar por obtener alguna, bajo la promesa de conseguir “el favor” del personal del SAT para liberar algún lugar, es totalmente falso.

Oportuno destacar que a partir del 15 de febrero de 2021, los servicios para obtención de Contraseña, entrega de constancias de RFC (Cédulas de Identificación Fiscal, CIF, para acreditar el RFC) y el uso de las salas de internet, se darán sin necesidad de una cita, solo debes de contar con e.firma y/o contraseña de tu RFC, acudir con cubrebocas y seguir las medidas sanitarias que sean recomendadas.

Por lo que en ocasiones es mejor ser asesorado un experto en la materia, buscar las opciones más adecuadas al caso en concreto y de ser el caso esperar a registrar a través del portal en el momento oportuno.

Quedo a tus órdenes: 614 1938650, 55 51012810, luis.lers@gmail.com

 

También te puede interesar

¿Para qué elegir jueces por voto popular?

¿Qué es la Regla Octava en materia de comercio exterior y a quiénes beneficia?

¿Cómo votar el próximo 2 de junio?

Renovación del REPSE ¿quiénes y cuándo deben realizarlo?