Lunes, 09 de junio del 2025

Aprueban diputados de Morena y aliados la Ley Minera y Nacionalización del Litio

México.- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, la iniciativa de la Ley Minera, cuya finalidad es establecer que el litio es patrimonio de la nación y que su exploración, explotación y aprovechamiento quedan exclusivamente a cargo del Estado.

Con 298 votos a favor, cero en contra y 197 abstenciones, se avaló la iniciativa remitida por el titular del Ejecutivo Federal, este domingo 17 de abril, a la cual se le dispensaron los trámites.

El documento declara de utilidad pública la exploración, explotación y aprovechamiento del litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquellas en que haya yacimientos de litio.

Reconoce que el litio es patrimonio de la nación y su exploración, explotación y aprovechamiento se reserva para beneficio exclusivo del pueblo de México. Las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por la nación, a través del organismo público señalado en el artículo 10 de la Ley.

Menciona que el Servicio Geológico Mexicano auxiliará al organismo descentralizado encargado de la explotación del litio en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio, y en la explotación del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios.

La exploración, explotación y aprovechamiento del litio quedan exclusivamente a cargo del Estado, y se llevarán a cabo por el organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables.

El cumplimiento de la legislación y tratados internacionales en materia de protección al medio ambiente y derechos de los pueblos originarios será escrupuloso por parte de dicho organismo público.

Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, incluyendo la creación del organismo señalado en el párrafo anterior, se cubrirán mediante movimientos compensados, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, con cargo al presupuesto de la dependencia que asuma las funciones de coordinación sectorial del citado organismo de acuerdo con el decreto de creación, por lo que no se autorizarán ampliaciones al presupuesto del ramo correspondiente para el presente ejercicio fiscal para estos efectos.