Jueves, 2 de julio del 2026

Aprueba Senado reforma a la Ley de Vivienda

México.- El Senado de la República aprobó, con 75 votos a favor y 36 en contra, un proyecto remitido por la Cámara de Diputados para reformar la Ley de Vivienda, con el objetivo de establecer en su redacción la definición de vivienda adecuada y sus características, además de armonizarla con las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en esa Materia, aprobadas en 2024.

El dictamen precisa que una vivienda adecuada es aquella que cuenta con elementos de accesibilidad, para garantizar su acceso a grupos desfavorecidos; adecuación cultural, con lo que se respetan las expresiones de identidad de las personas; asequibilidad, de manera que los costos financieros de un hogar no comprometan otros gastos.

Considera también la disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura, para garantizar el acceso a servicios básicos; la habitabilidad, como elemento para mantener la seguridad física de los habitantes del inmueble; seguridad en la tenencia, para que los ocupantes estén protegidos legalmente contra desalojos; y ubicación, para que el hogar se localice en lugares cercanos a sus espacios de trabajo, salud o educación.

También faculta al Gobierno Federal para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, coordine y promueva programas y acciones de vivienda y suelo, con la participación de los sectores público, social y privado, así como de los organismos e instituciones que financien o construyan vivienda para las personas trabajadoras.

Además, para que se promuevan e impulsen las acciones de las diferentes instituciones de los sectores público, social y privado, así como de los organismos e instituciones que financien o construyan vivienda para las personas trabajadoras, para el desarrollo de la vivienda adecuada en los aspectos normativos, tecnológicos, productivos y sociales.

El dictamen precisa que los organismos e instituciones que financien vivienda para las personas trabajadoras podrán adquirir, rehabilitar y construir viviendas, realizar demoliciones y financiar la autoproducción de vivienda, así como adquirir o urbanizar terrenos destinados a formar unidades habitacionales con los recursos de sus fondos, para enajenar o arrendar viviendas, generando las condiciones adecuadas que permitan obtener un crédito barato y suficiente.

También podrán transmitir bienes inmuebles y las unidades privativas con uso distinto a vivienda, de su propiedad, conforme a las disposiciones que al efecto se establezcan. Los conjuntos habitacionales que, en su caso, se construyan, rehabiliten o adquieran podrán incluir unidades privativas destinadas a servicios complementarios.

Tales acciones, detalla la reforma, se realizarán salvaguardando en todo momento el patrimonio de los fondos de vivienda y los derechos de las personas trabajadoras, y en ningún caso tales acciones podrán comprometer la solvencia y sostenibilidad financiera de los fondos, ni los derechos adquiridos por las personas trabajadoras conforme a las leyes aplicables.