Aprueban Comisiones Unidas reformas la Ley del ISSSTE en materia de créditos de vivienda
México.- Las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Vivienda aprobaron en lo general, con 28 votos a favor, 12 en contra y cero abstenciones, un dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de créditos de vivienda.
Con 13 votos a favor, 0 en contra y cinco abstenciones de la Comisión de Seguridad Social, y 15 a favor, 0 en contra y siete abstenciones de la Comisión de Vivienda, el dictamen, que reúne diversas iniciativas, modifica los artículos 6, fracción XXIX, 20, 176, 178, 179, 180, fracciones I y II, y 185, y adicionan la fracción XXXI al artículo 6, la fracción III y un último párrafo al artículo 180, y un artículo 20 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
La presidenta de la Comisión de Seguridad Social, diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), explicó que entre las modificaciones se establece que los créditos que otorga el Fovissste puedan ser en pesos, así como diversos supuestos para que las personas acreditadas reestructuren sus créditos a pesos, lo que les dará certeza de que sus créditos se liquidarán en un plazo máximo de 30 años, al precisar que transcurrido ese tiempo se liberará el saldo pendiente.
Subraya el dictamen que tal liquidación dejará de operar en caso de pagos omisos. Da, además, la posibilidad de considerar el salario base más las compensaciones garantizadas que conforman el total de las percepciones como la base para el cálculo del crédito, siempre y cuando lo acuerde así la persona trabajadora con el Fondo.
Se incorpora el concepto de Institución Pensionaria como la responsable de emitir los descuentos de manera oportuna para el caso específico de las personas pensionadas, lo que evita el pago de recargos por saldos vencidos o pagos no aplicados a sus adeudos.
Señala también que cuando el error de cálculo de las obligaciones de pago o en el descuento correspondiente no sea atribuible a la persona trabajadora o pensionada, no le serán reclamados intereses, cargos o adeudos por este motivo.
Se incorpora de la misma forma el concepto de Derecho a la Vivienda Adecuada, en concordancia con la modificación constitucional recientemente aprobada por la Cámara de Diputados.
Aclara que los créditos otorgados devengarán intereses únicamente sobre el saldo insoluto, con la tasa de interés que para tal efecto determine la Junta Directiva, pero que esa tasa tendrá que ser siempre menor al promedio cobrado por la Banca Comercial para créditos hipotecarios.
El dictamen incorpora programas de solución definitiva para aquellas personas acreditadas que hayan cubierto dos veces o más el monto del crédito otorgado, sin que esté condicionado a la edad de los acreditados, con lo que se da solución a un importante número de casos que se encuentran en este supuesto.
La diputada Lilia Aguilar Gil (PT), presidenta de la Comisión de Vivienda y quien propuso una de las iniciativas, puntualizó que la situación que se guardaba en el tema de los créditos del Fovissste es que, debido a la reforma de 2016, la actualización de los créditos aprobados en pesos o en salarios mínimos había sido actualizado bajo el régimen neoliberal y una privatización del Fondo a fin de hacer cobros agiotistas.
“Fue una modificación de la pasada administración y que trataba a los deudores y a quien tuviera un crédito de peor forma que a los deudores de la banca”, aseguró.
Enfatizó que con esta reforma los créditos pueden ser contratados en pesos y ya no en UMAs. Será decisión de los trabajadores que los créditos actuales puedan pasar a pesos.