Empieza hoy suspensión de actividades a las siete de la tarde
Como fue anunciado este miércoles, el Consejo Estatal de Salud acordó establecer un estado de Alerta Sanitaria para toda la entidad, que contempla un horario de restricción de la movilidad en general, de lunes a viernes de las 19:00 a las 6:00 am y de las 19:00 horas del viernes hasta las 6:00 am del lunes.
Las medidas fueron publicadas este 4 de noviembre en el Periódico Oficial del Estado, en el Acuerdo 127/2020 con aplicación obligatoria a partir de hoy, jueves 5.
En el caso de la Industria Manufacturera del estado, con el aforo y restricciones sanitarias previstas en el semáforo correspondiente, podrá laborar de lunes a viernes sin restricción de horario y deberá suspender actividades completamente el sábado y el domingo.
La restricción de la movilidad se evaluará cada 14 días para evaluar la serie indicadores y que las autoridades estatales decidan si es necesario continuar con este proceso, o bien, contemplar actividades no esenciales para que se incorporen paulatinamente.
El acuerdo denominado “Chihuahua en Alerta” establece que durante los fines de semana no habrá actividades económicas de ningún tipo, únicamente las esenciales de salud, y el transporte público será solo para garantizar el servicio al personal y a personas que tengan necesidad de acudir a las unidades médicas.
Las actividades y establecimientos que sí podrán operar durante el horario de restricción, son:
- Salud: todos los servicios hospitalarios y equipos médicos, privados o públicos.
- Clínicas, laboratorios, rayos X, veterinarias y farmacias que operen en local independiente.
- Nota: Permanecerán cerradas las que operan dentro de centros comerciales cerrados, tiendas departamentales, supermercados y bodegas.
- También podrán funcionar abarrotes, carnicerías, cremerías, panaderías, tortillerías y tiendas de conveniencia con menos de 300 metros cuadrados de área comercial.
- Nota: Permanecerán cerradas las que operan en tiendas departamentales, supermercados y bodegas.
- Producción: procesos y empaque de alimentos de la canasta básica y artículos perecederos, también tendrán actividad.
- Los servicios de seguridad, públicos y privados.
- Todos los equipos de auxilio y de protección civil.
- Los servicios básicos de generación y suministro de energía, agua y telecomunicaciones –de este último, solo los de conexión y mantenimiento de las redes de telecomunicación-, públicos y privados.
- El servicio postal, de paquetería y mensajería.
- Ajustadores de compañías aseguradoras.
- Los restaurantes, únicamente con servicio a domicilio, así como servicios de plataformas digitales que transiten para este fin.
- Hoteles sin actividad en áreas comunes.
- Gasolineras y gaseras.
- Servicios funerarios.
- Obra pública.
- Aeropuertos, servicio ferroviario, carreteras y terminales de autobuses.
- La actividad industrial en el estado, con el aforo y restricciones previstas en el semáforo correspondiente, podrá laborar de lunes a viernes sin restricción de horario, pero deberá suspender actividades el sábado y el domingo.
Desde que inició la pandemia el Consejo Estatal de Salud ha emitido cinco acuerdos: uno el 25 de marzo, otro el 19 de abril, uno más el 30 de mayo, otro el 20 de junio y el que se encuentra vigente con fecha del 10 de agosto.
En cuanto al Acuerdo del 10 de agosto, ha sido nuevamente ajustado el lunes 2 de noviembre con el horario de restricción, que significa que se restringe la movilidad dentro del territorio del estado de Chihuahua, de lunes a jueves, de las 19:00 horas (7 de la tarde), a las 6:00 horas; y los fines de semana, a partir de las 19:00 horas del viernes, hasta las 6:00 am del lunes.
Es decir, se suspenderán todas las actividades enunciadas en el decreto, todo el sábado y todo el domingo, hasta el lunes.
Fuera del horario de restricción, se continuará operando bajo los lineamientos del color del semáforo.