Sábado, 18 de julio del 2026

Es Zacatecas la primera entidad en aprobar inimpugnabilidad de reformas a la Constitución

México.- Con 18 votos a favor y 10 en contra, fue aprobada la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal.

Mediante la reforma aprobada, se establece que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución.

Asimismo, el documento señala que las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.

Mientras que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijaran efectos generales. No procederá el juicio de amparo, contra adicciones o reformas a esta Constitución.