“Estaría aplicando una sanción penal inexistente”: Estrada sobre legislación del aborto
Chihuahua.- El coordinador de la bancada de Morena en el Congreso del Estado, Cuauhtémoc Estrada, explicó que tras la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los párrafos anulados de los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal ya no pueden ser aplicados en ninguna causa penal.
“El efecto es que ya no tiene aplicación”, señaló el legislador al referirse a la resolución que declaró inconstitucionales dichos preceptos. Agregó que, desde su publicación, ningún juez puede sancionar con base en esos artículos, ya que “simplemente estaría aplicando una sanción de un tipo penal inexistente”.
Cuestionado sobre las implicaciones legales, Estrada aclaró que aplicar una norma declarada inconstitucional implicaría violar la ley. “No hay base para plantear que usted cometió un delito por eso, porque ese tipo penal no existe”, puntualizó.
También se refirió a la posibilidad de establecer nuevas regulaciones a nivel estatal, indicando que reinstaurar el tipo penal sería inconstitucional. Sin embargo, dijo que podría haber espacio para iniciativas que regulen aspectos como los plazos legales para interrumpir el embarazo, siempre y cuando no contradigan lo ya resuelto por la Corte.
“La resolución sigue estableciendo las doce semanas”, explicó, aunque admitió que este punto aparece en los antecedentes más que en el resolutivo central, el cual se enfocó en si existía o no un delito punible.