Conoce como será la representación de la comunidad LGBTTTIQ+ en el proceso electoral local
Chihuahua.- Para estas elecciones del 2024, el Instituto Estatal Electoral emitió acciones afirmativas en beneficio de la población LGBTTTIQ+, consistentes en la obligación de los partidos políticos para postular una fórmula de personas pertenecientes a edsta comunidad en 6 de los 12 municipios más poblados del estado
Aunado a esto se tendrá que postular a una persona perteneciente junto con su suplencia a esta población para el Congreso del Estado, ya sea por la vía de representación proporcional o bien por la vía del a mayoría relartibva.
Fue en febrero de este año cuando el organismo electoral presentó ante representantes de organizaciones civiles que trabajan a nivel estatal por los derechos de personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travestis, transexuales, queer, asexuales y más (LGBTTTIQA+), las acciones en favor de este grupo poblacional.
Fue mediante una mesa de diálogo híbrida (presencial y a distancia), el Consejero Electoral Luis Eduardo Gutiérrez y personal de la Unidad de Género, Derechos Humanos y No Discriminación del IEE Chihuahua, expusieron a las, los y les asistentes una síntesis de las acciones afirmativas que se implementarán en estas elecciones locales.
Con la finalidad de abonar a una representación política que integre a las personas de la diversidad sexogenérica, el IEE Chihuahua y representantes de la sociedad civil de este grupo poblacional trabajaron durante el 2023 en una serie de lineamientos que los partidos políticos deberán cumplir para la postulación de candidaturas.
Derivado de este trabajo conjunto, el 13 de noviembre de 2023 se aprobaron y emitieron los criterios para postulación de candidaturas en cumplimiento de las acciones afirmativas, lo cual obliga a los partidos políticos a integrar en sus fórmulas a personas de la población LGBTTTIQA+ de la siguiente manera:
Para integrantes de ayuntamientos, los partidos deberán registrar, en por lo menos 6 municipios, 1 fórmula de personas de la población de la diversidad sexogenérica en cualquier posición de la planilla, siendo la autoadscripción a este grupo poblacional el criterio para validar la pertenencia de la candidata, candidato o candidate.
Mientras que en el caso de diputaciones, los partidos tendrán la obligación de postular a una persona LGBTTTIQA+ en la fórmula de diputación de mayoría relativa o en representación proporcional. Si la persona de la diversidad sexogenérica es postulada para una, el otro puesto lo tendrá que ocupar una persona con discapacidad.
Cabe señalar que en ningún caso una persona candidata puede cumplir con más de una acción afirmativa, es decir, si se trata de una persona con discapacidad que también forma parte de la población LGBTTTIQA+, la postulación sólo será válida para uno de los dos grupos.
Las acciones afirmativas son un conjunto de medidas orientadas a favorecer a personas o grupos en condiciones de discriminación, con el fin de eliminar o reducir la desigualdad en el acceso y ejercicio de sus derechos político y electorales.