#Opinión: Los centros penitenciarios con inversión privada
Por: Mtro. José Carlos Hdez. Aguilar. Especialista en Investigación Criminal y Delincuencia Organizada.
Desde el año 2015, tuve el alto honor de que el gobierno de la República, me confiara la dirección de Centros Federales de Readaptación Social. Tiempo en el que tuve también la oportunidad de conducir el CEFERESO No. 11, denominado “CPS”, esto es, bajo la modalidad de “Contrato de Prestación de Servicios” (el primer penal en su tipo en México).
Este antecedente profesional, me dio la sapiencia no sólo teórica sino práctica, bajo éste modelo estadounidense instaurado en nuestro país y que data desde el 2012 en la administración del presidente Felipe Calderón, cuando se materializó este nuevo prototipo vinculado con poderosos empresarios en México. Actualmente ya existen laborando ocho “CPS” que ‘contribuyen’ directa o indirectamente, al proceso de reinserción de las personas privadas de su libertad en dichos Centros Penitenciarios, como debería llamárseles a estos inmuebles de acuerdo a la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Éste delicado y novedoso tema, sería materia de una exquisita ponencia de los que de alguna manera hemos tenido la praxis real, sobre los aciertos y desatinos en la introducción de éste patrón penitenciario en México y definir ante los asistentes, si en verdad se contribuye o no, a la reinserción social en el máximo respeto a los derechos humanos, de las y los procesados o sentenciados bajo éste sistema y que dicho sea de paso, le corresponde al estado la rectoría total de ese proceso reinsertivo como constitucionalmente se mandata, con independencia de la contribución expresa o tácita de las empresas que participan en dicho régimen.
Sin rasgarse las vestiduras, nos ha quedado de manifiesto que los gobiernos locales ya no pueden o no quieren invertir en sus centros penitenciarios, porque ciertamente constituye una muy fuerte carga al erario público, por lo que el camino gubernamental a mediano plazo se avista hacia esa dirección. La tendencia nacional y quizá la solución pecuniaria, es la inversión privada en la infraestructura y servicios brindados al penitenciarismo federal y estatal. Sin embargo y de entrada podemos afirmar, que éste es un modelo noble, estupendo y dable al estado, por el gran ahorro material y de servicios no sólo a las personas privadas de su libertad, sino a todo el personal que labora en esas instituciones, pero por desgracia existe un abismo de intereses muy encontrados, entre la intención del estado mexicano que es lograr la reinserción de aquellas y la finalidad principal de los inversionistas, que es su ganancia total. El principal meollo del asunto, es la inmodificación leonina del llamado “Contrato de Prestación de Servicios” que ya mencionamos.
No nos queda duda, que bajo este binomio pueden alcanzarse sin mayor problema tan deseables objetivos: reinserción y ganancia empresarial, siempre y cuando que el “Contrato”, realmente estuviese armonizado entre ambos intereses y no existiera la más mínima corrupción dentro del llamado “Comité Consultivo”, que se compone entre representantes del gobierno y de la empresa propietaria o administradora del penal, que son los que finalmente toman las decisiones torales de dicho engranaje.
Es urgente que las principales autoridades gubernamentales y legislativas, de verdad se sienten a uniformar sus criterios de reinserción social, para permitir en su caso, la instauración de éste modelo de inversión privada.