Lunes, 25 de noviembre del 2024

Podrán votar el 2 de junio personas privadas de la libertad no sentenciadas

México.- Las personas privadas de la libertad no sentenciadas podrán votar este año únicamente para la elección de presidenta o presidente de la República a partir de una jornada electoral anticipada del 6 al 20 de mayo en el interior de los centros penitenciarios federales y estatales, informó la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez.

En cumplimiento de un mandato constitucional, el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, por conducto del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), acordaron efectuar este ejercicio democrático cumpliendo los protocolos en materia de seguridad, explicó en conferencia de prensa matutina con el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La titular de SSPC detalló que el INE visitó centros penitenciarios e integró la Lista Nominal de Electores en Prisión Preventiva (LNEPP), al tiempo que difundió los requisitos para participar en la jornada electoral.

En el país hay 282 centros penitenciarios, de los cuales, 14 son federales y 268 estatales con una población total de 232 mil 684 internos. De ellos, 31 mil 121 cumplieron con los requisitos en este proceso, es decir, el 13.37 por ciento.

Para la elección de este año, el 14.55 por ciento de la población de penales federales, es decir, 3 mil 75 personas, podrá emitir su voto por la Presidencia de la República, mientras que en los centros penitenciarios estatales participarán 28 mil 46 internos, lo que equivale al 13.25 por ciento de la población total en ese rubro.

El 100 por ciento de las personas privadas de la libertad en prisión preventiva fue notificado e invitado por el INE a participar en el proceso electoral, precisó.

Previo a un proceso de revisión y autorización logística, dijo, serán instaladas mesas receptoras del voto según los mecanismos de cada estado, en coordinación con los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs).

Este ejercicio responde a una inconformidad registrada en 2018 por dos personas privadas de la libertad en Chiapas, quienes interpusieron un proceso por omisión del INE para regular el derecho al voto. En consecuencia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación reconoció en 2019 el derecho al voto activo de las personas que se encuentran recluidas sin haber sido sentenciadas e instruyó al INE establecer las condiciones necesarias a fin de garantizar la votación.

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