No sabemos si reír o llorar; la Corte castiga a Chihuahua por hacer las cosas bien: Santiago de la Peña
Chihuahua.- El Secretario General de Gobierno, Santiago de la Peña Grajeda, expresó su inconformidad con la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que suspendió las acciones implementadas por el Gobierno del Estado de Chihuahua para el control del gusano barrenador, al señalar que ante el fallo no se sabe si reír o llorar.
Sostuvo que Chihuahua ha sido el estado que mejor ha defendido su actividad ganadera y que, gracias a las medidas dictadas por la gobernadora Maru Campos Galván desde el invierno pasado, el gusano barrenador no ha ingresado a la entidad. Subrayó que estas acciones han permitido mantener al estado con una condición sanitaria adecuada, a pesar de ser el principal productor y exportador de ganado en el país.
El funcionario estatal señaló que, aun con estos esfuerzos, Chihuahua no ha logrado la reapertura de la frontera para la exportación de ganado, situación que atribuyó al rezago de otras entidades y a políticas equivocadas desde la Federación. En ese contexto, calificó como contradictorio que la Corte termine, a su juicio, castigando a Chihuahua por hacer las cosas bien.
De la Peña afirmó que el Gobierno del Estado no excedió sus facultades, sino que emitió un acuerdo que robustecía atribuciones que ya le correspondían, además de recordar que a principios del año pasado se firmó un convenio entre la Secretaría de Desarrollo Rural federal y el Gobierno de Chihuahua para reforzar y acordar medidas conjuntas de contención del gusano barrenador.
Consideró que la resolución de la SCJN contradice no solo la intención de la gobernadora de proteger a los ganaderos del estado, sino también los acuerdos previamente establecidos entre la Federación y la entidad. Añadió que resulta lamentable que desde la Suprema Corte se señale o sancione a un estado que, dijo, ha cumplido con su deber de resguardar la sanidad animal.
En ese sentido, manifestó que sería deseable que la Corte cuestionara a aquellas entidades que no han cumplido con su responsabilidad constitucional de proteger la sanidad animal y, en consecuencia, la seguridad alimentaria del país, en lugar de sancionar a quienes han implementado medidas preventivas efectivas.
Como antecedente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación frenó las restricciones decretadas por el Gobierno de Chihuahua en noviembre de 2024 para controlar el ingreso de ganado a la entidad, las cuales incluían puntos estatales de verificación, mayores requisitos sanitarios y el retorno del ganado a su lugar de origen en caso de incumplimiento.
Dichas medidas fueron impugnadas por la entonces consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy. Aunque en un inicio la Corte rechazó suspender su aplicación al considerarlas disposiciones de carácter general, al resolver el fondo del asunto determinó que el Poder Ejecutivo estatal invadió competencias exclusivas de la Federación en materia de salubridad general.
El fallo estableció que Chihuahua instauró un régimen integral de control zoosanitario que excedía sus atribuciones constitucionales, al implementar esquemas de verificación, movilidad, autorización, aseguramiento y sanción del ganado, facultades que corresponden de manera exclusiva a la Federación a través del Servicio Nacional de Sanidad, Calidad e Inocuidad Agropecuaria (Senasica).