Ordena TEPJF al Congreso de la Unión emitir Ley de Revocación de Mandato en 30 días
México.- Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que el Congreso de la Unión es omiso en expedir la ley reglamentaria en materia de revocación de mandato y lo vinculó para que, en el plazo de 30 días naturales, a partir del 1 de septiembre, emitieran la legislación respectiva.
Los casos analizados por los magistrados se relacionan con que el 20 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se declararon reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vinculadas con la consulta popular y revocación de mandato.
Esta reforma entró en vigor el 21 de diciembre de 2019 y estableció en sus transitorios la obligación del Congreso de la Unión de emitir la ley reglamentaria en materia de revocación de mandato dentro de los 180 días siguientes a su publicación; así como, la posibilidad de iniciar este noviembre un proceso de revocación de mandato del presidente de la república electo para el periodo de 2018-2024, previo el cumplimiento de ciertos requisitos constitucionales.