Domingo, 24 de noviembre del 2024

Armoniza Congreso Ley Estatal de Educación con reformas constitucionales

El poder Legislativo de Chihuahua, por mayoría de votos realizó diversas armonizaciones a la Ley Estatal de Educación, con la finalidad de armonizarla con las reformas constitucionales en materia educativa, derechos de los trabajadores de la educación y otras disposiciones.

El diputado Lorenzo Parga Amado, secretario de la Comisión de Educación, señaló que dentro de las adecuaciones realizadas, se contemplaron varios aspectos, entre ellos, la admisión, promoción y reconocimiento de los trabajadores al servicio de la educación, estar acorde en materia estatal al Artículo Tercero que establece que el Estado garantizará la educación inicial y la superior. También le corresponderá la rectoría de la educación. La misma, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. Asimismo, la educación promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.

Además, se decreta que las y los maestros tendrán derecho de acceder a un sistema integral de formación, capacitación y actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, para cumplir los objetivos del Sistema Educativo Nacional, centrado siempre en el aprendizaje del estudiante, y la admisión, promoción y reconocimiento del personal docente, directivo o de supervisión se realizará a través de procesos de selección, y los nombramientos derivados de éstos sólo se otorgarán en términos de la ley.
En escuelas de alta marginación, se impulsarán acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario. Asimismo, se respaldará a estudiantes en vulnerabilidad social, mediante el establecimiento de políticas incluyentes y transversales; en los pueblos y comunidades indígenas se impartirá educación plurilingüe, es decir, en varias lenguas.

Determinar lo que corresponda para dar cumplimiento efectivo al Artículo 31 el cual establece que es responsabilidad de los mexicanos que sus hijos o pupilos menores de 18 años reciban la educación obligatoria, y deban revisar su progreso y desempeño.

Derogar todo lo relativo a la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y dejar sin efectos los actos referidos a la aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente, que afectaron la permanencia y los derechos de las maestras y los maestros en el servicio.

Cabe mencionar que fue aprobada la propuesta del diputado Fernando Álvarez Monje, para derogar el artículo 5º, el 51 Ter y el segundo párrafo del artículo 134; además se incluyó adecuar el artículo 192, a fin de que los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por autoridades educativas estatal, municipal y particular, cumplan con los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, equidad, sustentabilidad, resiliencia, accesibilidad, higiene, entre otros, para proporcionar una educación de excelencia conforme a lineamientos que emita la autoridad.

Por otra parte, fue eliminada la fracción 7ª del Artículo 134, dado a que para es primordial que los padres de familia se involucren en las decisiones de los planteles y de la vida educativa del Estado.

Las modificaciones antes mencionadas, se realizan para dar claridad a los artículos en comento y dar seguridad jurídica a maestras y maestros, así como padres y madres de familia, a quienes les repercute la armonización que se busca; finalizó Álvarez Monje.

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