TEPJF invalida boletas sin doblez para elección de 2027
Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por unanimidad que las llamadas “boletas planchadas” no podrán contabilizarse como votos en las elecciones de 2027 cuando se compruebe que carecen de las marcas de doblez necesarias para introducirlas en la urna.
El tribunal revocó parcialmente los lineamientos aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la preparación y desarrollo de los cómputos del proceso electoral federal 2026-2027. La resolución estableció que una boleta sin dobleces no puede vincularse objetivamente con un sufragio emitido conforme al procedimiento previsto por la legislación electoral.
Durante la sesión, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña explicó que las boletas miden aproximadamente 20 por 28 centímetros, mientras que la ranura de las urnas tiene dimensiones de 12 centímetros por tres milímetros. Por ello, sostuvo que una boleta extendida no podría introducirse en la urna sin doblarse.
El TEPJF señaló que la emisión del voto contempla una secuencia que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. La ausencia de las marcas de doblez, de acuerdo con la resolución, impide acreditar que la papeleta siguió ese procedimiento.
Las mesas directivas de casilla deberán identificar estas boletas durante el escrutinio, registrar el hallazgo y mantenerlas separadas de la votación computada. En los recuentos parciales o totales, los consejos distritales también deberán verificar la ausencia de dobleces y declarar la invalidez de las boletas que cumplan con esa condición.
La resolución respondió a impugnaciones presentadas por el PAN, PRI, Movimiento Ciudadano, Somos y Paz contra el acuerdo del INE que permitía a los consejos distritales decidir si las boletas sin marcas de doblez podían incorporarse al cómputo y, eventualmente, clasificarse como votos válidos o nulos.