Ya hay #LeyOlimpia a nivel nacional, ¿sabe de qué se trata?
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Ley Oimpia, la cual cataloga a la violencia digital como uno de los tipos de agresión contra las mujeres.
Se adicionó una fracción VI al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que se establece que la violencia digital son aquellos actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa y mensajes de odio.
Se considera parte de esta agresión digital la difusión de contenido sexual sin consentimiento, como textos, fotografías, videos y datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas.
Además de las actividades realizadas a través de las tecnologías de información y comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico y apps.
El 3 de diciembre de 2019, el pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley Olimpia. Se establece prisión de cuatro a seis años de prisión para quienes cometan delitos contra la intimidad sexual al grabar, filmar o elaborar imágenes audios o video, reales o simulados, sin consentimiento o mediante engaños a una persona.
La Ley Olimpia también establece mecanismos de denuncia de la violencia digital para que sean atendidas en menos de 24 horas.