¿Qué va a pasar con el “Plan B” electoral?
Por: Saúl Eduardo Rodríguez Camacho
Abogado, especialista en derecho constitucional y electoral.
Ex consejero del Instituto Estatal Electoral.
Actualmente secretario de Acuerdos en el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.
Primero que nada, o que todo, deseo que este sea un buen año para usted y sus seres queridos, principalmente, con salud. Listo. Dicho eso, a la carnita.
Mire, la verdad, no sé de qué se ha escrito más últimamente, si de la tesis plagiada de la ministra o del Plan B, ambos temas son muy interesantes y de repercusiones que nos importan a todos, pero, por lo pronto, yo le sumaré al segundo.
El proceso legislativo que ha seguido la iniciativa del Presidente -con la que se busca tener una democracia barata, en el sentido más peyorativo que se le ocurra- ha sido como una partida de ping pong, porque en la misma sesión en que se rechazó la reforma constitucional en materia electoral, se presentó el Plan B y, sin discusión alguna, se aprobó por la mayoría en la Cámara de Diputados, luego pasó al Senado, donde le hicieron cambios y, por lo tanto, regresó con diputados, que le hicieron otros; entonces, de nuevo, la reforma se estará deliberando -ojalá ahora sí lleguen a eso- en la Cámara de Senadores a partir de febrero.
¿Qué va a pasar? Pues, lo más probable es que la reforma se vaya a aprobar, Morena y aliados tienen el número de votos suficientes, así que es de esperarse; pero luego viene otra etapa, porque partidos, bancadas, instituciones, personas integrantes de las autoridades electorales y ciudadanía, se volcarán a los tribunales a hacer valer todas aquellas cuestiones por las que consideran que las modificaciones a la legislación electoral son inconstitucionales.
Son varios puntos los que se mencionan ya sobre la inconstitucionalidad de la reforma, entre ellas:
• Violaciones a las reglas del proceso legislativo, por haberse anulado la posibilidad de discutir y debatir su contenido, ante la atropellada aprobación inicial de la reforma.
• La falta de realización de consulta previa a personas con discapacidad, pueblos y comunidades indígenas y equiparables, al haber legislado respecto de sus derechos sin contar con su opinión.
• Violación a los principios constitucionales para la organización de elecciones, ante la reducción o desaparición de áreas y estructura organizacional -principalmente operativa- del INE.
• La invasión de facultades de los congresos locales para legislar sobre cómo deben estructurarse los institutos estatales.
Los medios de defensa de la constitución para impugnar leyes electorales son la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, que resuelve ambos la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Ahora, los efectos de que se consideren correctos o fundados los argumentos sobre la inconstitucionalidad de la reforma pueden ser distintos, por ejemplo, los que son relativos al procedimiento podrían invalidar todo el decreto, bajo la lógica de que un procedimiento viciado tiene un resultado igual; otros, por violaciones concretas, invalidarían artículos o grupos de artículos específicos.
Lo más seguro es que todo aquel que promueva una impugnación haga valer todos los argumentos posibles. La situación es que, respecto a las reformas sobre la estructura del INE en los estados, el servicio profesional electoral, etapa de resultados, entre otros, son temas que afectan a todo el sistema electoral. Por ejemplo, la capacitación electoral para las elecciones federales y locales está a cargo del INE, entonces son cambios que repercuten también al ámbito estatal, lamentablemente, de forma negativa. Es por eso por lo que se prevé que haya un gran número de demandas.
Todo terminará en la Suprema Corte y, en teoría, deberá ser lo más pronto posible, pues el proceso electoral inicia este año y ello implica que se debe contar antes con las reglas que se van a aplicar.
Entonces, volviendo a la pregunta inicial, ¿qué va a pasar con el Plan B?, pues la verdad, no sé en qué va a acabar, pero sí es fácil intuir mucho litigio. Personalmente considero que sí habrá pronunciamientos de inconstitucionalidad importantes, se esperaría, por ejemplo, que la falta de consulta previa tenga un efecto invalidante general de la reforma, como ha sido en otras ocasiones, pero, la interpretación de la Constitución en cada caso puede tener matices importantes, así que difícilmente se puede asegurar algo.
Debemos estar atentos, a nadie conviene una autoridad electoral débil. Imagínese, si así, todo mundo anda encampañado entre anuncios espectaculares, entrevistas, lonas, portadas de revista y cuanta moda surge en redes sociales, “para qué quieres”, dirían por ahí.
Las definiciones están a la vuelta de la esquina, ya veremos. ¡Hasta luego!