#Opinión El profesionista que contraté, ¿velará por mis derechos e intereses?
Por: Luis Eduardo Rodríguez Sámano. Lic. en Derecho y Mtro. en Derecho Fiscal y Administrativo.
La necesidad de contratar a un profesionista, ya sea contador, abogado, médico, ingeniero, o cualquier otro, viene acompañada de la intención de mejorar nuestra salud, vivienda, finanzas o simplemente permanecer al margen de las leyes que a menudo se cambian en busca de un “perfeccionamiento social”, para poder evitar sanciones.
Con dicha premisa, es compleja la elección de aquella persona que correctamente, o bien, bajo los propios intereses, pueda auxiliar ya sea mediante una asesoría, orientación o incluso mediante defensa; y no solo la elección, también la permanencia para un acompañamiento y seguimiento hasta la total conclusión a satisfacción del interesado.
Es por ello que en opinión, los profesionistas que tengan la firme intención de brindar certeza jurídica o contable, o bien, ayudar a salvaguardar la esfera jurídica de un cliente deben tener la intención de implementar sus sanos conocimientos a favor del interesado, y con ello, desde luego aplicar la ética a través de la Deontología, la cual, según doctrinarios del Derecho, es la ciencia que designa un conjunto de reglas y principios que rigen algunas conductas del profesionista, como la moral del abogado y la forma de actuar con su cliente.
Con relación a ello, oportuno recordar que la palabra abogado proviene del latín advocatus, que desde tiempos remotos se le conoce como “bocero”; además de conocedor de la ley, practicaba el arte de las palabras; por ello se dice que un abogado es aquel que pide por otros, el que conoce de leyes, sus fundamentos y practica dichos conocimientos al servicio y provecho de los demás (clientes).
Así las cosas, opino que resulta sumamente importante considerar que los profesionistas deben estar revestidos de un sentido de responsabilidad, que incluya conocimientos, inclinación a la materia de que se trata y continuidad en busca de la justicia, equidad, lealtad y seguridad jurídica.
Ello significa que un cliente, merece desde su planteamiento recibir lo siguiente:
A) Un análisis general, del cual se pueda advertir una opinión profesional sobre el tema.
B) Un dictamen técnico en el cual se desprenda lo siguiente:
a. Información analizada.
b. Alternativas de solución.
c. Propuesta de defensa.
d. Tiempos estimados
e. Posibles resultados.
f. Honorarios
C) Continuidad y seguimiento periódico del proceso y avance ante las autoridades o tribunales, así como comunicación constante entre el profesionista y el cliente; y
D) Un correcto acompañamiento hasta una total conclusión.
Por otro lado, también es de considerar que los honorarios pueden justificarse bajo los siguientes aspectos: a) importancia del trabajo; b) cuantía del asunto; c) el conocimiento, trayectoria y especialidad del profesionista; d) la novedad y dificultad del asunto; e) la situación pecuniaria del cliente; f) la temporalidad de intervención; g) el tiempo de inversión; h) la responsabilidad o riesgo que asuma el profesionista; i) la urgencia de la solución del problema; j) así como la disponibilidad que exija el tema.
No menos importante resaltar que la responsabilidad del profesionista desde luego está latente cuando existe culpa o dolo, ya sea en una relación directa o indirecta, de hacer o no hacer entre el hecho y el daño causado y por ello, es evidente el derecho del cliente para revocar en cualquier momento la designación sobre el profesionista que hubiese realizado.
Por ello, opino que tu asesor deberá ser aquel profesionista que destaque por el grado de responsabilidad, conocimientos y otras virtudes a considerar según el tema de que se trate; pues ante ello, asegurarás la gestión, regularización o defensa más adecuada y correcta.
Con gusto recibo tus cometarios al 614 1938650, 55 51012810 y luis.lers@gmail.com