Sábado, 23 de noviembre del 2024

#Opinión Las implicaciones de ser un emprendedor

Por Luis Eduardo Rodríguez Sámano. Lic. en Derecho y Maestro en Derecho Fiscal y Administrativo

Si eres o estás por ser el próximo emprendedor, primeramente quiero felicitarte por tan importante decisión; ya sea como persona física o persona moral, es de relevancia que conozcas tus derechos así como los panoramas a los que debes estar prevenido.

Como estudiante y profesionista, existirá la premisa de crear nuestros propios ingresos, poner nuestro negocio, despacho o consultorio; sin embargo, a pesar de conocer un poco sobre el mundo de las finanzas, el mundo fiscal queda desplazado para el final o para el “después”, por ello es que este artículo puede ser de tu interés.

Es importante conocer que la gran variedad de Regímenes Fiscales delimitan ciertas o diversas obligaciones fiscales, ello evidentemente conforme a las actividades económicas que desarrolles; entonces, ¿cómo identifica el SAT el régimen que te corresponde?, como bien es sabido el INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía) genera estadísticas de diversos rubros, en el caso en concreto genera información sobre las diversas actividades que se desarrollan el país, es así que cuando pretendemos generar o actualizar nuestro RFC dentro del portal de la autoridad deberemos de seleccionar la (s) actividad (es) económica (s) que nos corresponda, ello dentro de un catálogo bastante amplio y una vez efectuado ello, el sistema automáticamente te indicará las actividades y obligaciones fiscales concernientes.

Sobre ello es de precisar que una de las principales diferencias para la identificación del régimen correcto es identificar si necesitas o no título profesional para realizar tus actividades, en caso de ser necesario el ser profesionista deberás tributar en el “régimen de actividades profesionales y empresariales”, de lo contrario podrás (desde luego que te conviene) ingresar al “régimen de incorporación fiscal” mejor conocido como RIF.

En el RIF tendrás las obligaciones de presentar declaraciones bimestrales a través de una plataforma simplificada denominada “MIS CUENTAS”, la cual registra los gasto de manera automática al momento de emitir la factura (CFDI) correspondiente, la misma podrá ser expedida de manera individual, global o de nómina en caso de tener empleados; asimismo podrás estar exento del pago del ISR, IVA y IEPS durante el primer año, ya que tienes una reducción del 100% y disminuye de forma gradual 10% cada año.

Por el otro lado, las obligaciones del régimen de actividades profesionales y empresariales, son las de presentar declaraciones mensuales y anuales para calcular el ISR y el IVA, para lo cual necesitas tener el debido registro de tus ingresos, gastos y retenciones para capturarlos en la aplicación Declaraciones y Pagos.

No obstante todo lo anterior, recuerda que es sumamente importante solicitar factura (CFDI) por cada gasto que realices, pues aquellos estrictamente indispensables para el desarrollo de tu actividad podría ser considerado para disminuir los impuestos ISR e IVA, los gatos por enlistar algunos son a) Pago de sueldos y salarios; b) Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS; c) Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios; d) Luz y teléfono del local para tus actividades; e) Papelería y artículos de escritorio; f) Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte; g) así como gastos personales enlistados en Ley.

Así las cosas, muchos podrían considerar como “injusticia” el pago de los impuestos, sin embargo, recordemos que como mexicanos es una de nuestras obligaciones constitucionales, e incluso es importante que tengas presente que el IVA impuesto indirecto, lo que significa que lo paga el consumidor final (cliente) y no respecto de la fuente de riqueza que generes.

Por tanto, considero que como emprendedor debes de 1. Evitar la informalidad, pues las consecuencias pueden ser cuantiosas (determinación de omisiones, multas, recargos y actualizaciones); 2. Considera contratar a un contador o fiscalista para aprovecha al máximo los beneficios fiscales contenidos en Ley, Reglamentos y Resoluciones Misceláneas Fiscales; 3. Identifica y delimita correctamente tus actividades económicas, pues de ello dependerá el régimen que te corresponda elegir bajo el consejo de un experto en la materia; 4. Identifica y separa tus finanzas personales de las de tu negocio, pues evitarás presunciones o malos entendidos con la autoridad fiscal, sobre la identificación de gastos estrictamente necesarios o incluso la identificación de los ingresos de tu actividad.

No olvides que es mejor prevenir, que lamentar.

Quedo a tus órdenes: 614-193-8650, 555-101-2810, luis.lers@gmail.com, https://www.facebook.com/Luis-Rodr%C3%ADguez-Abogado-Fiscal-y-Administrativo-100424325305601

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