Sábado, 18 de julio del 2026

Pide diputada reforma para evitar abusar de la figura de enajenación directa

Chihuahua.- “Las instituciones gubernamentales no deben ser usadas para el servicio de los intereses corporativos ni para consolidar fortunas. El patrimonio del Estado debe aplicarse fundamentalmente a la realización de las funciones de tales entidades públicas, básicamente, para la prestación de los servicios públicos que tienen encomendados. Debe existir una frontera entre el poder económico y poder el político. El gobierno es para todos” con base en esta premisa la diputada Leticia Ortega Maynez, diputada en el Congreso de Chihuahua por morena, presentó una iniciativa con carácter de decreto con el fin de reformar los artículos 44 y 45 de la Ley de Bienes del Estado de Chihuahua.

La legisladora recordó que hace más de dos años, entró en vigor la Ley de Bienes del Estado de Chihuahua, ordenamiento que contiene las normas para regular los actos de administración, conservación, uso, aprovechamiento, destino, y enajenación de los bienes del Estado. El propósito de dicha ley fue lograr un control, protección y administración del patrimonio del Estado, en beneficio de la sociedad. Sin embargo, a la fecha han surgido casos en los que se ha torcido la normatividad contenida en la Ley de Bienes del Estado de Chihuahua para el beneficio de algunos y han dejado de percibirse recursos que deberían ser recaudados por el Estado.

“Se ha abusado de la figura de enajenación directa y se han hecho condonaciones y donaciones injustificadas, con lo que se amplía el riesgo de corrupción entre el poder público y los entes privados que se ven beneficiados, dejando que una enorme cantidad de recursos nunca lleguen a las arcas públicas” denunció Ortega Maynez.

Y recordó que “En esta legislatura ya se han concedido tres enajenaciones de manera directa y por debajo del precio comercial. Uno de ellos es el caso del terreno enajenado a LEAR Mexican, con una superficie de 13,952.40 metros cuadrados. A pesar de que el avalúo presentado en la iniciativa establecía que este terreno tenía un valor comercial de 5 millones 215 mil pesos, se solicitó a Lear solamente el pago de 2.6 millones de pesos mexicanos, lo que representa un descuento de casi el cincuenta por ciento. Otro caso fue el terreno enajenado a Perfiles Reales S.A de C.V, este es un inmueble con una superficie de 24,296.68 metros, cuyo precio comercial fue de 6 millones 845 mil pesos y la empresa solo pagó 5 millones 141 mil 926 pesos por el terreno. Por último, el caso más grave fue el caso de terreno de 159,823.989 metros cuadrados, vendido a la empresa Parques American Industries que pago solamente 3.4 millones de pesos, a pesar de que el terreno fue valuado en 137 millones 546 mil pesos; es decir, una donación disfrazada de compraventa”.

La reforma consiste en que los inmuebles de dominio privado se destinarán prioritariamente al servicio de las distintas Dependencias y Entidades, y demás órganos desconcentrados. En este caso deberán ser incorporados al dominio público. Cuando los inmuebles de dominio privado no sean adecuados para destinarlos a los fines a que se refiere el párrafo anterior, podrán ser objeto de enajenación. La enajenación de los bienes inmuebles del dominio privado se realizará a través de subasta pública, y excepcionalmente por enajenación directa. La enajenación directa solamente procederá en los supuestos establecidos en esta Ley, mediante autorización del Congreso del Estado o del Comité del Patrimonio Inmobiliario Estatal, según sea el caso.

Y que sólo cuando la permuta de inmuebles que por su ubicación y características satisfagan necesidades de las partes; el comodato en favor de asociaciones o instituciones privadas que realicen actividades de interés social sin fines de lucro; la enajenación a…